El pasado 18 de junio de 2018 entró en vigencia la Ley 1901 (la “Ley”), por medio de la cual se crean y desarrollan las sociedades comerciales de beneficio e interés colectivo (“BIC”).
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- El reconocimiento legal de la condición BIC asegura la obligatoriedad y exigibilidad externa del compromiso adoptado por la sociedad en relación con la condición BIC.
- La condición BIC no es un nuevo tipo societario, es un parámetro de conducta aplicable y exigible a las sociedades que deseen adoptarlo. Para hacerlo, las sociedades existentes o las que se creen en el futuro, deben (i) incorporar en su actuar corporativo la pauta de hacerlo en interés de la colectividad y del medio ambiente; (ii) incluir en el objeto social, además de los respectivos actos de comercio que pretendan desarrollar, las actividades de beneficio e interés colectivo y del medio ambiente que pretendan fomentar; (iii) incluir en la razón o denominación social la expresión “Beneficio e Interés Colectivo” o la abreviatura BIC; (iv) El representante legal de la sociedad BIC elaborará y presentará ante el máximo órgano social un reporte sobre el impacto de la gestión de la respectiva sociedad, en el que se dará cuenta de actividades de beneficio e interés colectivo desarrolladas por la compañía.
- De la misma forma, y aunque la Ley no lo exige, la adopción de un estándar del tipo B-Corporation es recomendable, entre otras razones, para contar con una prueba de cumplimiento del compromiso BIC a través de la auditoría que realizan periódicamente las entidades que administran dichos estándares a nivel mundial.
- La sola condición BIC no trae consigo ningún tipo de beneficio tributario o de costos en materia de formalización. Sin embargo, es probable que, en el futuro, las acciones afirmativas que pueda adoptar el Gobierno Nacional en materia social y mediante incentivos económicos a las empresas, puedan estar condicionados a la adopción de la condición BIC.
- La adopción de la condición BIC exige la revelación pública de información sobre la sociedad y sus actividades.