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Mediante la Ley 2191 de 2022, se reguló el derecho a la desconexión laboral que le asiste a todos los trabajadores, con el fin de garantizar el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descanso, licencias, permisos y vacaciones.

La desconexión laboral, se entiende como:

“el derecho que tienen todos los trabajadores y servidores públicos, a no tener contacto, por cualquier medio o herramienta, bien sea tecnológica o no, para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral, en horarios por fuera de la jornada ordinaria o jornada máxima legal de trabajo, o convenida, ni en sus vacaciones o descansos”.

 

Desde luego, este derecho seguirá unas reglas especiales y diferentes (i) para los trabajadores que ostentan de la calidad de dirección, confianza y manejo, (ii) para aquellos que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente y (iii) cuando por situaciones de fuerza mayor o caso fortuito se requiera cumplir deberes extra de colaboración y no exista otra alternativa viable.

 

En todo caso, el desconocimiento de este derecho podrá constituir una situación de acoso laboral denunciable por el trabajador de conformidad con la Ley 1010 de 2006.

 

Finalmente, en el artículo 5 de esta Ley, se dispuso que, los empleadores deberán implementar una política de desconexión laboral en a que se defina, por lo menos:

  • La forma cómo se garantizará y ejercerá tal derecho; incluyendo lineamientos frente al uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).
  • Un procedimiento que determine los mecanismos y medios para que los trabajadores o servidores públicos puedan presentar quejas frente a la vulneración del derecho, a nombre propio o de manera anónima.
  • Un procedimiento interno para el trámite de las quejas que garantice el debido proceso e incluya mecanismos de solución del conflicto y verificación del cumplimiento de los acuerdos alcanzados y de la cesación de la conducta.

 

Quedaremos a su disposición en caso de que surja alguna inquietud.

Cordialmente,

Ana María Marín

María Adelaida Ramírez

Área Laboral

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