El Gobierno tiene 8 días calendario para expedir un nuevo decreto transitorio con base en los parámetros legales del Art. 8 de la Ley 278 de 1996.
El Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A (C.P. Juan Camilo Morales Trujillo), mediante auto del 12 de febrero de 2026, decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, que había fijado el salario mínimo legal mensual vigente para 2026 en $1.750.905 (incremento del 23%). Simultáneamente, ordenó al Gobierno Nacional expedir, en un plazo de 8 días calendario, un nuevo decreto que fije un valor transitorio del salario mínimo ajustado a los criterios legales.
¿Qué decidió el Consejo de Estado?
La parte resolutiva del auto contiene las siguientes órdenes fundamentales: se decreta la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 de 2025. Se ordena a las entidades demandadas (Ministerio del Trabajo, Ministerio de Hacienda y DAPRE) que, dentro de los 8 días calendario siguientes a la notificación, expidan y publiquen un decreto con el porcentaje transitorio de aumento al salario mínimo para 2026, con base en la totalidad de criterios del artículo 8 de la Ley 278 de 1996. Se difieren los efectos de la suspensión, lo que significa que mientras se publica el nuevo decreto transitorio, el salario mínimo sigue siendo $1.750.905.
La suspensión solo surte efectos a partir de la publicación del nuevo decreto. Se protege además las situaciones consolidadas: las obligaciones y derechos calculados con base en el valor de $1.750.905 que fueron causados o pagados antes de la publicación del nuevo decreto no se verán afectados.
Línea de tiempo: ¿qué esperar y cuándo?
12 de febrero de 2026 — fecha del auto. El Consejo de Estado decreta la suspensión provisional y ordena expedir un nuevo decreto en 8 días calendario desde la notificación.
Día siguiente a la notificación — comienza el plazo de 8 días. Las entidades demandadas (MinTrabajo, MinHacienda y DAPRE) deben expedir, publicar y notificar el nuevo decreto transitorio con el salario mínimo ajustado.
Mientras no se publique el nuevo decreto — el salario mínimo sigue siendo $1.750.905. No hay vacío normativo. La suspensión se difiere hasta la publicación del nuevo acto administrativo.
Publicación del nuevo decreto transitorio — a partir de este momento, el nuevo valor del salario mínimo entrará en vigor. Todo lo pagado antes de esta fecha con base en $1.750.905 queda protegido.
Sentencia de fondo (fecha incierta) — el valor transitorio regirá hasta que se dicte sentencia definitiva en el proceso de nulidad. El Gobierno podría además interponer recurso de súplica contra el auto.
Plan de acción para empresas — inmediato, hoy mismo:
No hacer cambios precipitados a la nómina. Mantener el pago del salario mínimo en $1.750.905 hasta que se publique el nuevo decreto transitorio. El auto difiere la suspensión hasta ese momento. No reducir unilateralmente salarios ni aportes, ya que cualquier ajuste prematuro genera riesgo de demandas laborales y sanciones. Comunicar internamente al equipo de Recursos Humanos, Nómina y Financiero la situación para que estén preparados. Documentar todos los pagos realizados con base en $1.750.905 (nóminas, aportes, pensiones, contratos), pues quedan protegidos.
Plan de acción para empresas — al publicarse el nuevo decreto:
Ejecutar el ajuste salarial. Ajustar la nómina al nuevo valor del salario mínimo transitorio a partir de la fecha de publicación del decreto. Si el nuevo salario mínimo es inferior al pagado, la diferencia de enero–febrero ya pagada no se descuenta, pues es un derecho adquirido protegido por el auto. Actualizar contratos de trabajo que hagan referencia explícita al salario mínimo legal mensual vigente. Recalcular el auxilio de transporte si el decreto lo modifica. Vigilar el desarrollo procesal, ya que el valor transitorio rige hasta la sentencia definitiva del proceso de nulidad, cuya fecha es incierta. El Gobierno puede interponer recurso de súplica.
Mensaje para nuestros clientes:
Esta decisión no significa que el salario mínimo baje hoy. El valor de $1.750.905 continúa vigente mientras el Gobierno expide el nuevo decreto transitorio. Lo que sí significa es que el incremento del 23% fue considerado por el Consejo de Estado sin sustento suficiente, y que en las próximas semanas se debería conocer un nuevo valor, que regirá de manera transitoria hasta la sentencia de fondo.

